Artículo 64°.-Promoción. La promoción de las asignaturas en las escuelas y
los colegios académicos nocturnos y de las subáreas de los colegios técnicos profesionales
en su oferta nocturna y sección nocturna, IPEC y CINDEA que impartan la
modalidad de educación técnica, será anual. La promoción será semestral de
acuerdo con los períodos de los módulos que establezca el Plan de Estudios de
Educación de Adultos (IPEC y CINDEA). En los casos anteriores, la promoción se
rige por lo establecido en el Capítulo II de este reglamento y las ¿normas
supletorias vigentes.
La promoción de las asignaturas en el CONED se regirá por las normas
especiales aprobadas por el Consejo Superior de Educación para esta modalidad.
La promoción en las escuelas nocturnas y los colegios académicos
nocturnos, CONED, CINDEA e IPEC, exclusivamente, será independiente en cada una
de las asignaturas, módulos o períodos. Si la persona estudiante reprueba una o
varias asignaturas, módulos o períodos, sólo estará obligado a cursar y aprobar
estos en el periodo en que se oferten, manteniendo la condición de aprobadas
para las restantes.
La promoción de las subáreas que cursan los estudiantes de los colegios
técnicos profesionales nocturnos, secciones nocturnas, IPEC y CINDEA que
impartan la modalidad de educación técnica, será independiente en cada una de
las subáreas. Si la persona estudiante reprueba una o varias subáreas, solo
estará obligado a cursar y aprobar éstas en el curso lectivo siguiente.
Para matricular el Ciclo de Educación Diversificada de los colegios
académicos nocturnos, colegios técnicos profesionales en su oferta nocturna y
secciones nocturnas, o el III Nivel del Plan de Estudios de Educación de
Adultos (CINDEA e IPEC), es preciso haber aprobado previamente elIII Ciclo de
Educación General Básica o el II Nivel del Plan de Estudios de Educación de
Adultos, según corresponda.
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