Artículo 8°.-Integración del Comité de Evaluación de los Aprendizajes en
los centros educativos del III Ciclo de la Educación General Básica y Educación
Diversificada. El Comité de Evaluación de los Aprendizajes en los centros educativos
del III Ciclo de la Educación General Básica y Educación Diversificada, en
todas sus modalidades educativas, estará integrado por tres docentes que el director
o la directora designe para orientar el trabajo técnico en materia de evaluación
de los aprendizajes, con participación de docentes que imparten asignaturas
académicas, complementarias y del área técnica.
En el caso de las telesecundarias, Colegio Nacional Virtual Marco Tulio
Salazar u otras ofertas educativas que no cuenten con la figura del director o
directora, la designación de los miembros de este comité será responsabilidad
del coordinador o coordinadora del centro educativo.
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