Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40862 >> Fecha 12/01/2018 >> Articulo 89
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 89     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 40862 - Articulo 89
Ir al final de los resultados
Artículo 89
Versión del artículo: 2  de 3
Anterior Siguiente

Artículo 89°.-De los delegados ejecutivos, delegados asistentes, delegados de aula y tutores especialistas en las pruebas FARO. Con el propósito de administrar las pruebas nacionales se establece lo siguiente:

a) Los delegados ejecutivos son personal docente activo o docentes jubilados.

El delegado ejecutivo es el encargado de administrar, supervisar, vigilar y asegurar la aplicación de las pruebas nacionales conforme a las normas técnicas y los procedimientos establecidos por la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.

b) Los delegados asistentes, delegados aplicadores y /u/ores especialistas son personal docente de otros centros educativos, convocados por la dirección regional de educación respectiva, para trabajar en el proceso de aplicación de pruebas nacionales.

Los delegados asistentes tienen la responsabilidad de apoyar al delegado ejecutivo en /odas aquellas tareas necesarias para la administración las pruebas nacionales.

Los delegados aplicadores y tutores deben cumplir con las disposiciones contenidas en los protocolos e instructivos.

c) Es obligatoria la atención a la convocatoria y la participación del personal docente como delegados ejecutivos, delegados asistentes, delegados de aula y tutores especialistas.

d) Los delegados ejecutivos, delegados asistentes, delegados de aula y tutores especialistas de las pruebas son los representantes de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad en cada sede y los responsables del proceso de administración de las pruebas y el cumplimiento de los procedimientos estipulados en los instructivos y protocolos correspondientes.

e) Los delegados ejecutivos deben capacitarse en la dirección regional respectiva cuando se les convoque, con el fin de administrar el proceso de aplicación de las pruebas.

f) Corresponde a la dirección regional de educación y a los delegados ejecutivos capacitar a los delegados de aula y tutores especialistas de las sedes.

(Así reformado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 41686 del 28 de febrero del 2019)

Ir al inicio de los resultados