Artículo 99°.- Entrega de resultados de las pruebas nacionales FARO. Una vez aplicadas las pruebas nacionales FARO, el Ministerio de
Educación Pública, mediante la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad
entrega a los centros educativos:
a) La calificación obtenida en cada una de las pruebas nacionales FARO,
calculada en una escala de 1 a 100. La nota obtenida por la persona estudiante,
es una representación del porcentaje obtenido para la promoción final, según
las disposiciones presentes en la sección IV del capítulo V de este reglamento.
b) El informe de cada persona estudiante sobre los niveles de logro en
las asignaturas consideradas en las pruebas nacionales FARO.
(Así reformado por
el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 41686 del 28 de febrero del 2019)
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