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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40862 >> Fecha 12/01/2018 >> Articulo 25
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40862 - Articulo 25
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Artículo 25
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SECCIÓN III

Componentes de la calificación

Artículo 25°. -Componentes de la calificación. La nota en cada asignatura para cada período se obtendrá sumando los porcentajes correspondientes a las calificaciones obtenidas por la persona estudiante en los siguientes componentes:

a) Trabajo cotidiano.

b) Tareas.

c) Pruebas (según corresponda).

d) Proyecto (según corresponda).

e) Demostración de lo aprendido (según corresponda).

f) Asistencia.

g) Portafolio de evidencias (según corresponda).

Estos componentes, tendrán carácter formativo en el primer año de la Educación General Básica, así como, el primer periodo del Primer Nivel del Plan de Estudios de Educación de Adultos y el primer semestre del Primer Nivel del Programa de Nivelación Aula Edad, esta información constituye la base para la elaboración del Informe Cualitativo de Desempeño de la persona estudiante.

Los componentes de la calificación establecidos en este artículo, en ningún caso, pueden modificarse ni sustituirse.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 43424 del 14 de febrero de 2022)

 

 

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