Artículo
65: Calidad en el desarrollo y mantenimientos
La
Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación deberá cumplir con los
criterios técnicos y normativos, que para tal efecto se establezcan en los
ámbitos tecnológico, científico, ético, legal y administrativo, en aras de
garantizar la integridad, confidencialidad, seguridad y disponibilidad en el
uso, manejo, archivo, conservación y propiedad de los datos contenidos en éste.
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