Artículo 8º— El valor de los umbrales ajustados y convertidos a moneda nacional, se indica
a continuación, tomando como tipo de cambio promedio la suma de quinientos cincuenta
y siete colones con setenta y dos céntimos (¢557,72) por dólar estadounidense:
Sección A: Entidades del Nivel Central del Gobierno.
• Para contrataciones de bienes y servicios: ¢44.794.397,24.
• Para contrataciones de servicios de construcción: ¢3.866.115.040,00.
Sección B: Entidades del Nivel Subcentral del Gobierno.
• Para contrataciones de bienes y servicios: ¢274.398.240,00.
• Para contrataciones de servicios de construcción: ¢3.866.115.040,00.
Sección C: Otras Entidades Cubiertas.
• Lista A: Para contrataciones de bienes y servicios: ¢139.430.000,00.
• Lista B: Para contrataciones de bienes y servicios: ¢309.534.600,00.
• Listas A y B: Para contrataciones de servicios de construcción:
¢3.866.115.040,00.
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