Artículo 14° -
Requisitos para el permiso de cierres permanentes en rutas cantonales.
Para optar por un
permiso para el cierre permanente de una ruta cantonal, la Municipalidad respectiva
deberá remitir la solicitud a la DGIT y aportar los siguientes documentos:
A. Original y
copia del oficio de solicitud, el cual debe indicar claramente lo siguiente:
1. Nombre y
calidades del gestionante o de su representante legal debidamente acreditado.
2. Descripción del
proyecto o actividad.
3. Lugar para
notificaciones (número de fax o correo electrónico).
B. Resolución de
declaratoria del interés público para el cierre definitivo en provecho de otras
modalidades de tránsito o medios de transporte, emitida en un acuerdo del
concejo municipal
competente.
C. Estudio de
impacto vial mediante el cual se analice y valore el impacto vehicular y
peatonal en las rutas aledañas. Dicho estudio deberá estar avalado por la DGIT
y estar debidamente firmado por un profesional en ingeniería civil incorporado
al Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos (CFIA).
La solicitud
deberá presentarse con la totalidad de los requisitos. En caso de faltar algún
requisito en la documentación recibida o alguno de los entregados presente deficiencias
evidentes, en ese mismo acto la DGIT notificará a la Municipalidad respectiva
otorgándole un plazo de quince (15) días hábiles para completar la solicitud.
Si al término de quince (15) días hábiles la Municipalidad no respondiere, se
procederá a archivar la solicitud sin responsabilidad para la DGIT.
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