Artículo 19° -
Análisis de la solicitud para eventos electorales.
La DGIT, en caso
de rutas nacionales o mixtas (nacional y cantonal), evaluará la solicitud presentada
analizando todos los posibles conflictos viales que se puedan presentar, así
como la conveniencia o necesidad para el interés público del desarrollo de la
actividad. La solicitud será resuelta en un plazo no mayor a treinta (30) días
hábiles, durante los cuales la DGIT deberá coordinar lo necesario con la DGPT y
CTP de acuerdo con el siguiente procedimiento:
Determinada la
viabilidad técnica de la solicitud, la DGIT, en caso de rutas nacionales o
mixtas (nacional y cantonal), antes del quinto día luego de presentada la
solicitud, consultará con la DGPT la disponibilidad de personal para cubrir el
evento y coordinará con el CTP la modificación de los servicios de transporte
público modalidad autobús o taxi, cuando así lo amerite. En ambos casos las
instancias referidas tendrán cinco (5) días hábiles para informar a la DGIT,
sus recomendaciones.
Si la DGIT no
recibe respuesta por parte de la DGPT o del CTP dentro del plazo señalado, se considera
que la institución que no responda está de acuerdo con que se realice la
actividad y no tiene observaciones; en el caso de la DGPT este silencio también
significa que se exonera la actividad del pago de descrito en el artículo 11.
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