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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40964 >> Fecha 07/02/2018 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40964 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2.- Se reforma el artículo 4 del “Reglamento de los Requisitos de Graduación para optar por el Título de Técnico en el Nivel Medio en Especialidades Técnicas Modalidades: Agropecuaria, Comercial y de Servicios e Industrial a partir del Inicio del Curso Lectivo del2008 - Decreto Ejecutivo N°34317-MEP“, para que se lea de la siguiente manera:

Artículo 4°- Podrán realizar la práctica profesional todos los estudiantes que, al finalizar el último período del duodécimo año, aprueben el plan de estudios establecido; a excepción de los casos autorizados por el Departamento de Educación Técnica para realizar la Práctica Profesional en forma fraccionada, además de los indicados el artículo 1 bis.

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