ARTÍCULO 189.
Especificaciones para materiales y acabados. En establecimientos industriales y de
almacenamiento, las especificaciones de los materiales y acabados deben
ser los siguientes:
1) Pisos: Cuando el
trabajo sea húmedo, las salas deben tener pisos de material impermeable, con
inclinación y canalización adecuadas para facilitar el escurrimiento de
líquidos. Esta disposición es aplicable cuando se trate de patios que
eventualmente se utilicen para trabajo.
En estos casos debe
ser admisible el tratamiento de pisos a base de zacate-bloque u otro material
similar. Si la naturaleza del proceso produce pisos fríos y húmedos, se deben
proveer parrillas movibles de madera u otro sistema de protección para los
trabajadores
2) Muros: Los muros
exteriores deben ser cerramientos de bloque, prefabricados, metálicos, concreto
o mampostería y deben llegar hasta el techo, salvo que el proceso industrial
requiera una solución diferente. Debe tener acabado de superficie lisa e
impermeable, cuando menos hasta la altura de 2,00 m. Todos los muros de
establecimientos industriales afectados por humedad deben contar con la
protección correspondiente a criterio del profesional responsable de la obra
3) Techos: Deben ser
impermeables y de material incombustible
4) Colores: El
profesional responsable de la obra debe considerar el tipo de actividad
industrial que se realice en la edificación para el uso del color
En materia de
seguridad contra incendios referente a especificaciones para materiales y
acabados, se aplican los requerimientos que establece el Cuerpo de Bomberos.
(Así
reformado en sesión N° 6328 del 26 de julio de 2018)
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