Buscar:
 Normativa >> Reglamento 6306 >> Fecha 15/03/2018 >> Articulo 295
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 295     >>
Normativa - Reglamento 6306 - Articulo 295
Ir al final de los resultados
Artículo 295
Versión del artículo: 1  de 1

ARTÍCULO 295. Iluminación artificial

El profesional responsable debe velar por la aplicación de la normativa que establezca el CFIA para que cada espacio cuente con la iluminación artificial y la intensidad luminosa adecuada.


 

Ir al inicio de los resultados