ARTÍCULO 29. Superficie y cambios de nivel de los medios de egreso
Las superficies de tránsito de los medios de egreso, que según criterio
del profesional responsable puedan presentar condiciones que las tornen
resbaladizas deben disponer de superficie antideslizante, con resistencia al
fuego.
Cuando exista una diferencia de nivel mayor a 0,50 m; los cambios en el
nivel deben lograrse por medio de una rampa o escalera, la cual debe cumplir
con las características que establezca el Cuerpo de Bomberos.
|