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 Normativa >> Reglamento 6306 >> Fecha 15/03/2018 >> Articulo 236
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Normativa - Reglamento 6306 - Articulo 236
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Artículo 236
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ARTÍCULO 236. Aplicación

Para las edificaciones de hospedaje, en cuanto a su clasificación por tipos y por categorías, se deben acatar las disposiciones establecidas en el Reglamento Empresas Hospedaje Turístico, Decreto Ejecutivo, N°11217-MEIC, y sus reformas o normativa que lo sustituya.


 

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