ARTÍCULO 84. Alineamiento áreas de protección forestal
Tratándose de proyectos de construcción en predios que contengan o
colinden con áreas de protección definidas en la Ley Forestal, N°7575 y sus
reformas o la normativa que la sustituya; es obligatorio solicitar el
alineamiento respectivo ante el INVU.
El alineamiento oficial requiere los trámites establecidos por el INVU.
Dicho pronunciamiento tiene una vigencia de 24 meses
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