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 Normativa >> Reglamento 6306 >> Fecha 15/03/2018 >> Articulo 93
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Normativa - Reglamento 6306 - Articulo 93
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Artículo 93
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ARTÍCULO 93. Proximidad a Aeropuertos. En las proximidades de los aeropuertos, de acuerdo con las distancias fijadas con el Plan Regulador, no pueden edificarse estructuras ni construirse urbanizaciones, a menos que los planos hayan sido debidamente autorizados, previo dictamen favorable de la DGAC.

De igual forma, cuando no exista Plan Regulador, las distancias para proximidades a aeropuertos deben ser las establecidas por la DGCA.

(Así reformado en sesión N° 6328 del 26 de julio de 2018)

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