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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40981 >> Fecha 14/03/2018 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40981 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Nº 8131 y 15 de su Reglamento, es responsabilidad de la máxima autoridad de cada ministerio, órgano desconcentrado y entidad, velar por el cumplimiento de estas directrices.


 

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