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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40981 >> Fecha 14/03/2018 >> Articulo 43
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40981 - Articulo 43
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Artículo 43
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Artículo 43.—Las entidades públicas homologadas no podrán apartarse del sistema de clasificación y valoración de puestos del Régimen de Servicio Civil vigente.


 

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