Artículo 6º—Las entidades públicas, los ministerios y los órganos
desconcentrados, para la formulación de sus PEI, deberán atender lo dispuesto
por el MIDEPLAN, mediante la Guía “Orientaciones básicas para la formulación y
seguimiento del Plan Estratégico Institucional” disponible en el sitio web de
MIDEPLAN.
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