Artículo 2°.- La modificación indicada en el artículo anterior por un
monto de cuatrocientos treinta y un mil doscientos setenta millones ciento
cincuenta y nueve mil ochocientos cincuenta y tres colones sin céntimos
(¢431.270.159.853,00) y su desglose en los niveles de programa/subprograma,
partida y subpartida presupuestaria estará disponible en la página electrónica
del Ministerio Hacienda en la siguiente dirección: http://www.hacienda.go.cr/contenido/12485-modificaciones-presupuestarias
, y en forma impresa, en los archivos que se custodian en la Dirección General
de Presupuesto Nacional.
Las rebajas en este Decreto se muestran como sigue:

Los aumentos en este Decreto se muestran como sigue:

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