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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40103 >> Fecha 20/12/2016 >> Articulo 20
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40103 - Articulo 20
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Artículo 20
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Artículo 20.—De la colaboración institucional y delegación de funciones. De conformidad con lo dispuesto en el inciso I) del artículo 4 de la Ley del Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210,

las instituciones públicas que intervengan en los diferentes trámites que se realicen en la VUI, relacionados con la instalación formal, operación y funcionamiento de las empresas en Costa Rica, estarán obligadas a prestar su colaboración a PROCOMER y deberán acreditar a representantes con suficientes facultades de decisión.

Estas entidades podrán delegar sus atribuciones, en forma temporal o permanente, en los funcionarios de la VUI.

Para tales efectos, dichas instituciones podrán celebrar convenios de cooperación con PROCOMER, en los cuales se deberán detallar las condiciones, compromisos y obligaciones, que serán asumidos por cada parte.


 

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