Artículo 2º—Objetivos
y funciones. El Sistema de Ventanilla Única de Inversión tendrá los
siguientes objetivos y funciones:
a) Centralizar, agilizar
y simplificar los trámites que las empresas deben realizar para instalarse
formalmente, operar y funcionar en Costa Rica, en los cuales intervienen
diferentes instituciones de la Administración Pública.
b) Fomentar la
existencia de oficinas regionales fuera del Gran Área Metropolitana Ampliada,
definida en la Ley del Régimen de Zonas Francas.
c) Implementar
los mecanismos necesarios para que los trámites requeridos para la instalación
formal, operación y funcionamiento de las empresas en Costa Rica
d) Difundir la
información sobre los trámites y requisitos que se realicen en la Ventanilla
Única de Inversión.
e) Facilitar la
inclusión en el sistema de diferentes sectores vinculados con la atracción de
la inversión.
f) facilitar y
simplificar los trámites migratorios que requieran las empresas, durante su
proceso de instalación formal, operación y funcionamiento en Costa Rica.
|