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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41040 >> Fecha 05/04/2018 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41040 - Articulo 11
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Artículo 11
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CAPÍTULO III

Información a requerir

Artículo 11.-Personas Jurídicas y otras estructuras jurídicas nacionales. Las personas jurídicas y otras estructuras jurídicas deben estar registradas en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, además deben incluir la información que permita identificar a cada una de las participaciones y a sus beneficiarios finales.

En caso que las participaciones estén asociadas a alguna cadena de estructuras jurídicas, el responsable del suministro de información debe proveer la información que permita identificar cada participación, así como a los beneficiarios finales de acuerdo con lo indicado en el artículo 6 de este reglamento.

En la resolución de alcance general indicada en el artículo 8 del presente reglamento, se establecerá el detalle de la información a suministrar.


 

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