Artículo 24.-Rectificación de la información. Las personas físicas
que consideren que la información consignada en el Registro de Transparencia
y Beneficiarios Finales no es actual, veraz o exacta, podrán solicitar
correcciones o rectificaciones de tal información por medio de
cualquiera de las siguientes opciones:
a) Solicitar al responsable del suministro de la información las
correcciones o rectificaciones del caso.
b) Acudir ante un Juez Contencioso Administrativo y solicitar que se
ordene, correcciones o rectificaciones del caso.
En los casos en que se resuelva afectar la información consignada en el
Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales por orden judicial, se
realizarán los ajustes respectivos en cuyo caso y de manera inmediata el
obligado quedará como incumplidor.
El Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales notificará esta
situación al responsable del suministro de información a efecto de que se
actualice los datos del sujeto obligado.
|