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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40933 >> Fecha 20/03/2018 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40933 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7º .-Etapas. Para efectos de la elaboración de la APPD, las instituciones que conforma la Administración Pública deben de considerar, las siguientes etapas para el desarrollo, fomento y gestión de APPD.

a) Identificación del problema y/o necesidad. El primer paso para formar una alianza público-privada para el desarrollo es identificar un problema, necesidad o una oportunidad conforme a los objetivos contenidos en el PND, los objetivos de desarrollo Sostenible definidos por la Organización de Naciones Unidas, objetivos sectoriales o cualquier otro instrumento mencionado en el artículo 4° , de manera que, le permita a la institución incidir positivamente en los procesos de desarrollo sostenible a escala local, regional o nacional, a la vez que contribuye a sus objetivos organizacionales. Asimismo, los sujetos privados podrán proponer oportunidades o plantear problemas que puedan ser abordados a partir de las APPD y según los objetivos institucionales y los lineamientos establecidos en el presente Reglamento.

Una vez definido el interés de la institución para formar una APPD, se debe proceder a la identificación de sus posibles actores, siendo que, estos deberán ser escogidos basados en criterios de razonabilidad y proporcionalidad, siguiendo los parámetros necesarios para una escogencia transparente y eficaz, así como con fundamento en la satisfacción de interés público, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos y competencias disponibles que aporten los posibles socios en aras de materializar la APPD.

b) Mapeo de actores. El mapeo de los posibles actores se realizará identificando aquellos que estén relacionados o con interés en el problema o necesidad identificado que motiva la APPD para que posteriormente se proceda a su clasificación entre posible socio o grupo de interés. Estos actores serán invitados a participar en el proceso para la conformación de la alianza.

c) Objetivo de la APPD. Previo a materializar la alianza, las partes involucradas expresarán claramente su visión inicial sobre las causas y dinámicas del problema a superar, la razón para resolverlo y los posibles mecanismos de solución. En esta etapa los socios en conjunto definen los objetivos, metas y plazos para alcanzar los fines de la alianza, a partir de la propuesta preliminar supra mencionada.

d) Recursos. A fin de determinar con claridad las actividades por realizar para la consecución de los objetivos acordados, es fundamental llevar a cabo una identificación de los recursos disponibles para cada una de las partes participantes de la APPD, tanto del sector público como del sector privado. La identificación debe generar un inventario que permita determinar los posibles recursos financieros, técnicos y materiales, y otros insumos estratégicos como recursos humanos, contactos y esferas de influencia, conocimiento, recolección de información y su capacidad de difundirla en relación a la constitución, operación y mantenimiento de la APPD. En caso de utilizar recursos financieros de la institución, deberá verificarse la disponibilidad de dichos recursos y las fechas de entrega del presupuesto.

Cada una de las partes de la APPD debe detallar quien aportará cada recurso del proceso, en qué cantidad lo aportará y en qué plazo, para determinar los costos finales estimados de la alianza. Cada una de las entidades socias participantes de la APPD podrá aportar recursos para el desarrollo, fomento y gestión de la APPD y que serán objeto de control mediante los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas necesarios.

e) Estructura. En el momento de estructurar una alianza, se deberán establecer claramente las condiciones y los participantes, mediante el respectivo protocolo señalado en el artículo 6 del presente Reglamento. Se deben definir los objetivos y metas de la iniciativa, los recursos y aportes que hacen las partes, los mecanismos de toma de decisiones, así como de evaluación y de resolución de conflictos, la duración de la alianza, entre otros para lo cual se suscribirá un convenio entre las partes. De igual forma las APPD integrarán cuando les sea posible un comité técnico con representantes de cada una de las organizaciones a fin de elaborar, ejecutar y evaluar los resultados del plan de trabajo de la iniciativa.

f) Ejecución. Las partes de la APPD establecerán un plan de trabajo, con los procedimientos necesarios y el cronograma de ejecución que defina: entregables, actividades, responsables y plazos; a fin de contribuir a los objetivos de la alianza y fortalecer la implementación de la APPD. La alianza deberá ejecutar este plan de trabajo de acuerdo con los recursos y tiempos establecidos en la etapa de mapeo o identificación de recursos.

g) Rendición de cuentas, transparencia y comunicación. La alianza debe desarrollar políticas de comunicación internas y estrategias de comunicación con grupos de interés que contribuyan a la transparencia y rendición de cuentas de la alianza. Los socios elaborarán una estrategia de comunicación interna que incluye, al menos, los canales y periodicidad de la comunicación.

De la misma fom1a, también podrá realizar una estrategia de comunicación externa que incluye: objetivo de la comunicación, mensajes clave, periodicidad, público meta y canales de comunicación. La alianza realizará la evaluación de los avances del plan de trabajo y sus resultados, y el grado de satisfacción de los socios.

Los informes de seguimiento deben llevarse a cabo al menos cada seis meses y se debe completar un informe de resultados para los socios y grupos de interés, aunque, en muchos casos, se sugiere realizarlas con mayor frecuencia para medir el grado de avance de los lutos planteados para la alianza y efectuar ajustes en forma oportuna, para esto los socios de la alianza definirán los indicadores como herramienta de gestión que mida el grado de avance de la iniciativa respecto a sus objetivos. Para ello, los socios deberán desarrollar indicadores con el fin de medir los resultados y el grado de satisfacción de los socios de la alianza.


 

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