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 Normativa >> Directriz 102 >> Fecha 06/04/2018 >> Articulo 11
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Normativa - Directriz 102 - Articulo 11
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Artículo 11
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ARTÍCULO 11. Suministro electrónico de la información y trámites de solicitudes de información. Las entidades deberán aplicar lo dispuesto en las directrices N.º 073 del 27 de abril de 2017 “Transparencia y acceso a la información pública” y la Directriz N.º 074 del 27 de abril de 2017 “Apertura de Datos Abiertos”, lo establecido en la presente Directriz, así como cualquier otra normativa aplicable, en cuanto al suministro electrónico de la información y el trámite de las solicitudes de información.


 

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