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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41032 >> Fecha 21/02/2018 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41032 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7°—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República. San José, el veintiuno de febrero del año dos mil dieciocho.

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