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 Normativa >> Ley 9548 >> Fecha 27/04/2018 >> Articulo 6
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Normativa - Ley 9548 - Articulo 6
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Artículo 6
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ARTICULO 6- Prelación de pago para los derechos laborales de las personas trabajadoras del Banco Crédito Agrícola de Cartago (Bancrédito)

Los pagos de los derechos laborales a las personas trabajadoras contenidos en esta ley, incluidos los intereses moratorios, gozarán de prioridad al momento de liquidar los bienes y activos de Bancrédito, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley N.° 2, Código de Trabajo, de 27 de agosto de 1943, y sus reformas.


 

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