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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41128 >> Fecha 10/04/2018 >> Articulo 24
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41128 - Articulo 24
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Artículo 24
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Artículo 24.—Del empate. En aquellos casos excepcionales en donde el jurado determine que dos postulantes de una misma categoría son meritorios al galardón de forma simultánea, la persona que ejerza la Presidencia del Jurado, tendrá derecho a doble voto, con el fin de realizar el desempate.


 

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