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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41088 >> Fecha 30/04/2018 >> Articulo 56
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41088 - Articulo 56
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Artículo 56
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Artículo 56.- Servicio de Certificación de la Discapacidad (SECDIS). El SECDIS funcionará como un proceso de la Dirección Técnica, destinado a cumplir con lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 40727-MP-MTSS, el cual se establece como una medida de carácter estatal para verificar y evaluar las condiciones subyacentes y determinantes de una o varias condiciones de discapacidad en la persona que así lo solicite.

El servicio se prestará conforme a la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud de la Organización Mundial de la Salud y una vez verificados los requisitos legales, el CONAPDIS extenderá un certificado que le permitirá a la persona titular acceder a los beneficios de servicios sociales selectivos, de salud, empleo, transporte, educación u otros que estén normados, y que ofrezcan las instancias del sector público en todo eF país a las personas con discapacidad.


 

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