Artículo 62.- Unidad de Autonomía Personal y Protección Social.
Objetivo. La Unidad de Autonomía y Protección Social es una dependencia de la
Dirección de Desarrollo Regional, cuyo objetivo consiste en promover y
proteger el derecho a la autonomía y a la vida independiente,
gestionando y originando modelos de atención y servicios dirigidos a
personas con diseapacidad, mediante la innovación, provisión, supervisión,
bajo criterios de calidad, oportunidad, y universalidad cumplimiento de sus
derechos y el respeto a su dignidad inherente en la sociedad costarricense.
|