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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41088 >> Fecha 30/04/2018 >> Articulo 73
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41088 - Articulo 73
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Artículo 73
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Artículo 73.- El Auditor o Auditora Interna, podrán, cuando lo consideren conveniente para el mejor cumplimiento de sus funciones, solicitar a las personas funcionarias del CONAPDIS, toda clase de datos, información o explicaciones, verbales o escritas, acerca de los asuntos que sean de la competencia de estos o de los cuales tuvieren conocimiento; no obstante, deberán abstenerse de entrar en discusiones al respecto con dichos funcionarios, así como en general, hacer comentarios sobre el material examinado y asuntos considerados en sus visitas e inspecciones.


 

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