Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41088 >> Fecha 30/04/2018 >> Articulo 78
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 78     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 41088 - Articulo 78
Ir al final de los resultados
Artículo 78
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 78.- La Contraloría de Servicios deberá presentar ante la Junta Directiva un plan anual de trabajo que incluya las acciones a realizar durante dicho periodo, mismo que deberá presentarse en la primera sesión ordinaria de cada año. Asimismo, deberá presentar ante la Junta Directiva un informe anual de labores que cumpla con las disposiciones y lineamientos que establezca la Secretaría Técnica del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios, el cual deberá incluir las recomendaciones y las acciones realizadas por dicha dependencia en cumplimiento de sus funciones y responsabilidades.


 

Ir al inicio de los resultados