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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41134 >> Fecha 10/04/2018 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41134 - Articulo 9
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Artículo 9    Estado: Anulado
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Artículo 9º—Recibo de solicitudes u otro tipo de gestiones. Toda solicitud u otro tipo de gestión que se presenten al ACT en el marco de la LRVSO y este Reglamento, deberá estamparse, la hora y fecha de recibido, el nombre, apellidos, número de cédula lugar para recibir notificaciones y la firma de la persona que presenta. El nombre, apellidos, y firma del funcionario que recibe. La persona que presenta la solicitud deberá de identificarse presentando su cédula de identidad al funcionario que recibe


 

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