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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41134 >> Fecha 10/04/2018 >> Articulo 107
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41134 - Articulo 107
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Artículo 107    Estado: Anulado
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 107º—Resolución que cancela la concesión. Para efectos del artículo 21 de la LRVSO, comprobada la existencia de alguna de las causales ahí establecidas, la concesión será cancelada mediante resolución motivada emitida por el Director del ACT.


 

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