Artículo 135º—Expedientes individuales de terrenos de propiedad privada
y legajos de certificados de uso conforme del suelo y autorizaciones. Para efectos del
artículo 28 de la LRVSO, el ACT llevará un expediente individual para cada uno
de los terrenos de propiedad\ privada que se encuentran total o parcialmente
ubicados dentro de los límites del Refugio.
Además, por cada solicitud de certificado de uso conforme del suelo, de
autorización para proyectos, obras o actividades, o cualquier otro tipo de
solicitud que se presente para un terreno de propiedad privada dentro del Refugio,
el ACT abrirá un legajo separado que formará parte del expediente individual
del terreno.
Cada expediente individua] será identificado con el número de folio real
de la finca respectiva. Cada legajo separado será identificado con el objeto de
la solicitud de certificado de uso conforme del suelo o de autorización correspondiente.
Todas las páginas del expediente principal, lo mismo que del legajo separado,
deberán estar debidamente foliadas, para lo cual deberá seguirse estrictamente
el orden cronológico en el que se adjuntan los documentos a cada uno. Cada
legajo separado llevará su propia foliación.
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