Artículo 15º—Funciones de la Comisión de Trámites del RNVSO. La Comisión de Trámites
del RNVSO tendrá las siguientes funciones:
1. Dirigir los procedimientos de todas las solicitudes o gestiones
relacionadas con permisos de uso de suelo y concesiones en terrenos del Estado
y demás entes públicos, certificados de uso conforme del suelo, autorizaciones
para proyectos, obras o actividades en terrenos de propiedad privada, dentro
del Refugio, de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento; estudiar
su admisibilidad y el fondo del asunto, emitir recomendaciones técnicas y velar
por la realización de todos los actos preparatorios necesarios a las decisiones
que, con base en la LRVSO y este reglamento, corresponda emitir al Director del
ACT.
2. Conocer de todos los asuntos relacionados con la tenencia de la
tierra dentro del Refugio, con el fin de asesorar y emitir recomendaciones
técnicas, acerca del curso a seguir al Director del ACT.
|