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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41134 >> Fecha 10/04/2018 >> Articulo 50
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41134 - Articulo 50
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Artículo 50    Estado: Anulado
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Artículo 50º—Otorgamiento de una única concesión por terreno. Solamente podrá otorgarse una concesión por terreno, pero la misma podrá ser otorgada para uno o más usos conjuntos, siempre y cuando ello sea conforme con lo establecido en el plan general de manejo del Refugio.


 

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