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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41134 >> Fecha 10/04/2018 >> Articulo 90
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41134 - Articulo 90
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Artículo 90    Estado: Anulado
Versión del artículo: 1  de 1

I. Certificados de uso conforme del suelo

Artículo 90º—Certificado de uso conforme del suelo expedido por el ACT como requisito previo de visados, permisos, autorizaciones, patentes o licencias otorgados por otros entes u órganos públicos. De previo a solicitar ante otros entes u órganos públicos el otorgamiento de visados, permisos, autorizaciones, patentes o licencias, que sirvan de actos preparatorios para una autorización por parte del ACT, los concesionarios deberán solicitar ante el ACT un certificado de uso conforme del suelo.

Los certificados de uso conforme del suelo expedidos por el ACT serán equivalentes y sustituirán a los certificados que las municipalidades expiden de conformidad con el artículos 28 y 29 de la Ley de Planificación Urbana Nº 4240 del 15 de noviembre de 1968. Expresarán la conformidad del uso solicitado por el concesionario del terreno con lo establecido en la zonificación del plan general de manejo del Refugio, y deberán indicar todas las especificaciones técnicas aplicables al uso solicitado, según lo establecido en dicho plan, tales como las limitantes y potencialidades técnicas de las zonas o subzonas en las que se ubica la propiedad, y las normas técnicas aplicables al uso solicitado.

Los visados, permisos, autorizaciones, patentes o licencias, indicados en el párrafo primero de este artículo, deberán ajustarse en un todo a las especificaciones técnicas indicadas en el certificado de uso conforme del suelo otorgado por el ACT; de lo contrario no podrán ser otorgados.


 

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