Artículo 2.-
Definiciones. Para la
interpretación y aplicación del presente reglamento, se definen los siguientes
términos y abreviaturas:
a. Centro de
recuperación de residuos valorizables: Es una edificación o establecimiento
permanente de almacenamiento temporal de residuos para su valorización, donde
los materiales recuperables son pesados y pueden ser clasificados, transformados
de manera física, separados y embalados de acuerdo a su naturaleza.
b. DIMEX:
Documento de Identidad Migratorio para Extranjeros
c. INTECO: Instituto
de Normas Técnicas de Costa Rica
d. ISO: Organización
Internacional para la Estandarización, por sus siglas en inglés.
e. MEIC:
Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
f. Ministerio:
Ministerio de Salud.
g. OCDE: Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.
h. Residuo:
Material sólido, semisólido, líquido o gas, cuyo generador o poseedor debe o requiere
deshacerse de él, y que puede o debe ser valorizado o tratado responsablemente,
o en su defecto ser manejado por sistemas de disposición final.
i. Residuo
sólido ordinario: Residuo de origen principalmente domiciliario o que proviene
de cualquier otra actividad comercial, de servicios, industrial, limpieza de
vías y áreas públicas, que tengan características similares a los
domiciliarios.
j. Residuo de
manejo especial: Son aquellos que por su composición, necesidades de transporte,
condiciones de almacenaje, formas de uso o valor de recuperación, o por una
combinación de esos implican riesgos significativos a la salud y degradación sistemática
de la calidad del ecosistema, por lo que requieren salir de la corriente normal
de residuos ordinarios.
k. Residuo
peligroso: Son aquellos que, por sus características físicas, químicas, biológicas,
o la combinación de ellas pueden provocar reacciones tóxicas, explosivas, corrosivas,
radioactivas, biológicas, bioinfecciosas, inflamables, combustibles u otras que
puedan causar daños a la salud de las personas y al ambiente.
l. Residuo
valorizable: Son aquellos que por sus características físicas o químicas pueden
ser recuperados de las corrientes de residuos ordinarios o peligrosos, y que, dadas
las condiciones de tecnología imperantes en el país, pueden aportar valor en procesos
productivos o artesanales.
m. Valorización:
Conjunto de acciones asociadas cuyo objetivo es recuperar el valor de los
residuos para los procesos productivos mediante la recuperación de materiales o
el aprovechamiento energético para la protección de la salud y el uso racional
de los recursos.