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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41136 >> Fecha 10/04/2018 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41136 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5°—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del mes de abril del dos mil dieciocho.

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