Artículo
29.- Funciones de las Comisiones Locales. Son funciones de las
Comisiones Locales:
1)Dirigir
y conducir la elaboración de los planes locales para la Prevención de la Mortalidad
Materno, perinatal e Infantil.
2)Dar
seguimiento al cumplimiento del Plan para la Prevención de la Mortalidad Materno,
perinatal e Infantil en sus respectivas áreas de atracción.
3)Ofrecer
lineamientos estratégicos para la elaboración de proyectos y programas específicos
que obedezcan a las características locales, dirigidas al control de factores
de riesgos poblacionales maternos y específicos de los niños y niñas.
4)Vigilar que los reportes obligatorios de casos de muertes
maternas, perinatales e infantiles sean oportunos y completos.
5)Realizar
en forma conjunta las evaluaciones y análisis de los casos de mortalidad materna
e infantil, tomando en cuenta todos los determinantes de la salud (socioeconómico
y cultural, biológico, ambiental, psicológico, espiritual y servicios de
salud).
6)Ejecutar la retroalimentación a los servicios de salud y
actores sociales pertinentes, de los casos analizados.
7)Realizar la visita al hogar, en todo caso de muerte
infantil, no antes de un mes, ni mayor de tres meses de ocurrido el deceso,
para respetar el proceso de duelo.
8)El plazo entre la visita realizada y el análisis de caso,
no debe ser mayor de 15 días hábiles, para que permita la toma de decisiones
oportunas en caso necesario.
9)Promover
y divulgar estudios e investigaciones relacionadas con la Mortalidad materno,
perinatal e Infantil a nivel local.
10)Participar
y apoyar en estudios materno infantiles que se requieran para el cumplimiento
de las metas y compromisos del país.
11)Promover
el intercambio de buenas experiencias en la atención de madres, niños y niñas
con el objetivo de fortalecer la mejora de la calidad de atención.
12)Velar
por la calidad de la información de los casos registrados en el sistema, correspondientes
a su área.
13)Participar
en el análisis de muertes maternas, perinatal e infantil de su área de atracción,
convocados por los niveles superiores.
14)Asistir
a las reuniones del nivel regional y central, que se le convoque en relación a esta
materia.
15)Proponer
temas de interés, para las capacitaciones relacionadas con mortalidad materna,
perinatal e infantil.
16)Llevar
un registro actualizado, de los casos notificados de muerte, de mujeres en edad
fértil, de las muertes maternas, muertes perinatales y de las muertes
infantiles, registrando los datos en el sistema de información designado para
cada caso. En casos de mortalidad infantil y materna corresponde al Sistema
Informático de Mortalidad Materno Infantil.
17)Identificar
las necesidades de la Comisión, con el fin de que tenga un adecuado funcionamiento.
18)Preparar
y presentar oportunamente los informes sobre los avances, logros y limitaciones
del proceso de análisis de mortalidad materna, perinatal e infantil en suárea.
19)Llevar
un libro de actas de reuniones de la COLEAMMI oficializado y actualizado.