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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41120 >> Fecha 04/04/2018 >> Articulo 30
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41120 - Articulo 30
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Artículo 30
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Artículo 30.-Conformación de las Comisiones Hospitalarias. Las Comisiones Hospitalarias deben estar integradas por:

1)Una persona profesional en medicina, con especialidad en gineco-obstetricia, excepto el Hospital Nacional de Niños.

2)Una persona profesional en medicina, con especialidad en neonatología o pediatría.

3)Un profesional en enfermería, con especialidad en obstetricia, excepto el Hospital Nacional de Niños.

4)Un representante de registros médicos.

5)Una persona profesional en Trabajo Social.

6)Una persona profesional en patología.

Cada miembro en propiedad deberá contar con un suplente.


 

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