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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41120 >> Fecha 04/04/2018 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41120 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º- El Ministerio de Salud será, el ente rector y coordinador del Sistema Nacional de Evaluación y Análisis de la Mortalidad Materna, Perinatal e Infantil y tendrá la autoridad técnica y política para velar por el cumplimiento de normas nacionales de atención en salud sexual, salud reproductiva y de atención al niño/a, en los servicios de salud públicos y privados en el territorio nacional.


 

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