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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 17624 >> Fecha 26/06/1987 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 17624 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8°-Para los efectos mencionados en el artículo anterior, la Junta contará con la asesoría técnica de los Departamentos de Vigilancia Epidemiológica y de Control de Artrópodos y Roedores del Ministerio.

 

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