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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 17624 >> Fecha 26/06/1987 >> Articulo 13
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Normativa - Decreto Ejecutivo 17624 - Articulo 13
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Artículo 13
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13

Artículo 13.-Corresponderá a los grupos organizados de la comunidad prestar apoyo a los equipos de salud, encargados de la vigilancia epidemiológica, la difusión y el cumplimiento de las recomendaciones y participar y apoyar activamente en las tareas de notificación y registro de enfermedades transmisibles.

 

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