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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 17624 >> Fecha 26/06/1987 >> Articulo 16
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Normativa - Decreto Ejecutivo 17624 - Articulo 16
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Artículo 16
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Artículo 16.-Las autoridades administrativas existentes en aeropuertos, puestos fronterizos y de atención a refugiados estarán obligados a brindar el apoyo necesario a las autoridades de salud y a los equipos de vigilancia epidemiológica con motivo de la aplicación del presente.

 

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