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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41198 >> Fecha 01/06/2018 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41198 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9°—Vigencia. Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, al 1 del mes de junio del año dos mil dieciocho.

 

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