N° 9582
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY DE JUSTICIA RESTAURATIVA
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES PARA LA APLICACIÓN
DE JUSTICIA RESTAURATIVA
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1- Objeto de la ley. El objeto de la presente ley es definir un
marco conceptual y procedimental para instaurar la justicia restaurativa en el
ordenamiento jurídico costarricense, como un instrumento que contribuya a
resolver los conflictos jurídicos generados por los hechos delictivos, con la
participación activa de las partes intervinientes, a fin de restaurar los daños
a la víctima, procurar la inserción social de la persona ofensora, con
soluciones integrales y promover la paz social.
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