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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41185 >> Fecha 18/05/2018 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41185 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11.—Registro de todas las gestiones presentadas ante LA CONTRALORÍA: Se mantendrá una base de datos actualizada con un registro de control y seguimiento de toda inconformidad, reclamo, consulta, denuncia, sugerencia o felicitación, resumiéndose los resultados y el plazo en días hábiles que se requirió para su solución. Este registro dará origen a un informe anual en el cual se sintetizará la naturaleza de las gestiones presentadas por LAS PERSONAS USUARIAS O GESTIONANTES, las recomendaciones generales y las acciones concretas que se adoptaron para el caso, así como el tiempo en que se tuvo por satisfecha la petición.


 

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